IMPORTANCIA DEL ACUERDO DE BASILEA PARA
LOS MERCADOS FINANCIEROS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
Por: GERSON SILVA (2019)
Lo
único constante en nuestro mundo es el cambio, y en el entorno de las finanzas,
las últimas 6 décadas hemos tenido un cambio significativo en lo que respecta
gestión de riesgos. Pero el punto de quiebre fue un prominente acuerdo entre
los Bancos Centrales de los países pertenecientes al G10, publicado en 1988,
conocido en el ámbito financiero como BASILEA I, II y II. El presente ensayo,
revisara los antecedentes y un breve análisis de los puntos abarcados en dicho
acuerdo y sus posteriores modificaciones.
II.
ANTECEDENTES
Todo esto se remonta al año de
1930, donde se estableció por primera vez la institución financiera
internacional más antigua, llamada The Bank of International Settlements – BIS
(siglas en ingles de “Banco Internacional de Pagos”), cuyo propósito inicial
fue los pagos por reparación impuestos a Alemania después de la I Guerra
Mundial y asimismo, sirvió de ayuda a los bancos centrales a nivel mundial como
guía para sus políticas monetarias y de estabilidad financiera.
De acuerdo a la Historia del
BIS (2019), Fue hasta 1974, en respuesta a la caída del sistema bancario
internacional que los Presidentes del grupo económico del G10 que deciden
nombrar un comité llamado “Comité de Basilea” (en inglés Basel Committee on
Banking Regulations and Supervisory Practices y después renombrado como Basel
Committee on Banking Supervision - BCBS en setiembre del 1989), por la
ubicación donde fundo dicha institución (Hotel, Savoy-Univers en
Centralbahnstrasse 7, Basilea, Suiza) y donde se celebró dicho acuerdo en la
ciudad de Basilea, Suiza.
En Diciembre del 1975 cada país que celebro un
acuerdo inicial donde se llamo a cada autoridad en su país que comparta la
responsabilidad de supervisión de las actividades bancarias internacionales.
En Julio de 1988, BCBS emitió
(Basel Committee on Banking Supervisory) un documento de convergencia bancaria
internacional con requerimientos de Capital Mínimo y Estándares de Capital,
conocido como Acuerdo de Capital de Basilea o BASILEA I, y se implementó a
fines de 1992.
Según, David Shirreff, (2008)
el Convenio de Basilea I fue la primera puñalada de los agentes reguladores
bancarios al utilizar un enfoque cuantitativo para establecer estándares de
capital. Aunque la SEC (Stock Exchange Commission - Comisión de Valores de los
EE.UU), ya había solicitado requerimientos mínimos de capital como lo
solicitado por BASILEA I, pero si BASILEA I fue una piedra en el camino,
entonces sus posteriores enmiendas hechas el 26 de Junio del 2004 fueron una
pendiente resbaladiza. Dicho documento se le conoció como BASILEA II.
Lo peor que puede suceder en Gestión
de Riesgos es confiarse en modelos de riesgos pensando que ya se obtuvo una
receta única a todos los males. Pero no fue sino hasta el 15 de Setiembre del
2008, cuando la quiebra de Lehman Brothers y la crisis Subprime por la burbuja
inmobiliaria dio por sentado que aún faltaba ajustarse algunas piezas a BASILEA
II.
En Junio del 2011, el BCBS
emitió un nuevo documento conocido como BASILEA III con la finalidad de
reforzar el capital global de las entidades financieras y las regulaciones de
sus activos líquidos.
Finalmente, el 14 de Enero del
2019 el BCBS emitió una actualización a BASILEA III sobre los Requerimientos de
Capital Mínimo para riesgos de mercado.
III.
BREVE ANÁLISIS DE LOS 3 ACUERDOS DE BASILEA
A. BASILEA
I:
Como
se mencionó anteriormente, este fue emitido el año 1988. Según, Roberto Vásquez
Burguillo (2014), BASILEA I se basó en diversas recomendaciones o sugerencias
con el objetivo de fijar un límite a la emisión de créditos que una entidad
concede en función del capital que tiene. Se estableció que el capital mínimo
debía ser, al menos, un 8% de los activos ponderados por su riesgo (crédito,
mercado y tipo de cambio sumados).
J
Poggi y M Luy (2006) nos resumen este esquema en la siguiente fórmula:
B. BASILEA
II.
J Poggi y M Luy (2006) nos explican que este
acuerdo se basó en 3 pilares:
· - Requerimientos
Mínimos de Capital
· - Revisión
de la entidad supervisora
· - Disciplina
de Mercado
Así tenemos como resumen del acuerdo de Basilea
II en los siguientes gráficos elaborados por J Poggi y M Luy (2006):
C. BASILEA
III
BASILEA
III es un acuerdo internacional que agrupa pedidas por la BCBS en respuesta de
la crisis financiera del 2007-2009. Estas medidas apuntan a fortalecer la
regulación, supervisión y administración de riesgo en los bancos.
Como
todos los acuerdos de Basilea anteriores, los estándares de BASILEA III son
requerimientos mínimos que se aplica a los bancos activos. Los miembros del
comité BCBS están comprometidos a implementar y aplicar dichas medidas dentro
de sus jurisdicciones dentro del marco establecido por el comité de Basilea.
Los
lineamientos, son resumidos en los siguientes gráficos elaborados por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú.
IV.
CONCLUSIONES
Como se ha podido comentar,
los requerimientos dados por BASILEA I, II y III contienen lineamientos
conservadores que permitan al sistema bancario afrontar sus obligaciones en
tiempos de crisis; por lo que en pocas palabras se puede decir que son
saludables para toda economía de Estado.
En Latinoamérica solo Brasil y
México han emitido títulos nuevos bajo los lineamientos establecidos por
BASILEA III (Tier 1 y 2) y según Fitch Ratings (2015) solamente Brasil,
Argentina, Chile, Uruguay y Peru cuentan con un marco bancario implementado.
Nuestro país, desde el Gobierno del Ex Presidente Pedro Pablo Kuczynski empezó
a dar pasos agigantados en esta implementación.
V. BIBLIOGRAFÍA
- · BIS – Bank International of Settlements (2019), Extraído del enlace: https://www.bis.org/about/history.htm?m=1%7C4%7C445
- · David Sherriff (2008), "Como Lidiar el Riesgo Financiero", The Economist, p.51
- · Roberto Vásquez Burguillo (2014), BASILEA I. Extraído del enlace: https://economipedia.com/definiciones/basilea-i.html
- · J Poggi y M Luy (2006). “Basilea II: El Nuevo Acuerdo de Capital”, Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
- · Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS, Extraido del enlace: http://www.sbs.gob.pe/regulacion/basilea-ii-y-basilea-iii/basilea-iii






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