martes, 5 de febrero de 2019

IMPORTANCIA DEL ACUERDO DE BASILEA PARA LOS MERCADOS FINANCIEROS DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE


IMPORTANCIA DEL ACUERDO DE BASILEA PARA LOS MERCADOS FINANCIEROS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

Por: GERSON SILVA (2019)

Lo único constante en nuestro mundo es el cambio, y en el entorno de las finanzas, las últimas 6 décadas hemos tenido un cambio significativo en lo que respecta gestión de riesgos. Pero el punto de quiebre fue un prominente acuerdo entre los Bancos Centrales de los países pertenecientes al G10, publicado en 1988, conocido en el ámbito financiero como BASILEA I, II y II. El presente ensayo, revisara los antecedentes y un breve análisis de los puntos abarcados en dicho acuerdo y sus posteriores modificaciones.


II.            ANTECEDENTES

Todo esto se remonta al año de 1930, donde se estableció por primera vez la institución financiera internacional más antigua, llamada The Bank of International Settlements – BIS (siglas en ingles de “Banco Internacional de Pagos”), cuyo propósito inicial fue los pagos por reparación impuestos a Alemania después de la I Guerra Mundial y asimismo, sirvió de ayuda a los bancos centrales a nivel mundial como guía para sus políticas monetarias y de estabilidad financiera.

De acuerdo a la Historia del BIS (2019), Fue hasta 1974, en respuesta a la caída del sistema bancario internacional que los Presidentes del grupo económico del G10 que deciden nombrar un comité llamado “Comité de Basilea” (en inglés Basel Committee on Banking Regulations and Supervisory Practices y después renombrado como Basel Committee on Banking Supervision - BCBS en setiembre del 1989), por la ubicación donde fundo dicha institución (Hotel, Savoy-Univers en Centralbahnstrasse 7, Basilea, Suiza) y donde se celebró dicho acuerdo en la ciudad de Basilea, Suiza.

En  Diciembre del 1975 cada país que celebro un acuerdo inicial donde se llamo a cada autoridad en su país que comparta la responsabilidad de supervisión de las actividades bancarias internacionales.

En Julio de 1988, BCBS emitió (Basel Committee on Banking Supervisory) un documento de convergencia bancaria internacional con requerimientos de Capital Mínimo y Estándares de Capital, conocido como Acuerdo de Capital de Basilea o BASILEA I, y se implementó a fines de 1992.


Según, David Shirreff, (2008) el Convenio de Basilea I fue la primera puñalada de los agentes reguladores bancarios al utilizar un enfoque cuantitativo para establecer estándares de capital. Aunque la SEC (Stock Exchange Commission - Comisión de Valores de los EE.UU), ya había solicitado requerimientos mínimos de capital como lo solicitado por BASILEA I, pero si BASILEA I fue una piedra en el camino, entonces sus posteriores enmiendas hechas el 26 de Junio del 2004 fueron una pendiente resbaladiza. Dicho documento se le conoció como BASILEA II.

Lo peor que puede suceder en Gestión de Riesgos es confiarse en modelos de riesgos pensando que ya se obtuvo una receta única a todos los males. Pero no fue sino hasta el 15 de Setiembre del 2008, cuando la quiebra de Lehman Brothers y la crisis Subprime por la burbuja inmobiliaria dio por sentado que aún faltaba ajustarse algunas piezas a BASILEA II.

En Junio del 2011, el BCBS emitió un nuevo documento conocido como BASILEA III con la finalidad de reforzar el capital global de las entidades financieras y las regulaciones de sus activos líquidos.

Finalmente, el 14 de Enero del 2019 el BCBS emitió una actualización a BASILEA III sobre los Requerimientos de Capital Mínimo para riesgos de mercado.


III.          BREVE ANÁLISIS DE LOS 3 ACUERDOS DE BASILEA

A.   BASILEA I:
Como se mencionó anteriormente, este fue emitido el año 1988. Según, Roberto Vásquez Burguillo (2014), BASILEA I se basó en diversas recomendaciones o sugerencias con el objetivo de fijar un límite a la emisión de créditos que una entidad concede en función del capital que tiene. Se estableció que el capital mínimo debía ser, al menos, un 8% de los activos ponderados por su riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados).
J Poggi y M Luy (2006) nos resumen este esquema en la siguiente fórmula:





B.   BASILEA II.
J Poggi y M Luy (2006) nos explican que este acuerdo se basó en 3 pilares:
·        -  Requerimientos Mínimos de Capital
·        -  Revisión de la entidad supervisora
·        -  Disciplina de Mercado

Así tenemos como resumen del acuerdo de Basilea II en los siguientes gráficos elaborados por J Poggi y M Luy (2006):





C.   BASILEA III
BASILEA III es un acuerdo internacional que agrupa pedidas por la BCBS en respuesta de la crisis financiera del 2007-2009. Estas medidas apuntan a fortalecer la regulación, supervisión y administración de riesgo en los bancos.
Como todos los acuerdos de Basilea anteriores, los estándares de BASILEA III son requerimientos mínimos que se aplica a los bancos activos. Los miembros del comité BCBS están comprometidos a implementar y aplicar dichas medidas dentro de sus jurisdicciones dentro del marco establecido por el comité de Basilea.
Los lineamientos, son resumidos en los siguientes gráficos elaborados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú.





IV.          CONCLUSIONES

Como se ha podido comentar, los requerimientos dados por BASILEA I, II y III contienen lineamientos conservadores que permitan al sistema bancario afrontar sus obligaciones en tiempos de crisis; por lo que en pocas palabras se puede decir que son saludables para toda economía de Estado.

En Latinoamérica solo Brasil y México han emitido títulos nuevos bajo los lineamientos establecidos por BASILEA III (Tier 1 y 2) y según Fitch Ratings (2015) solamente Brasil, Argentina, Chile, Uruguay y Peru cuentan con un marco bancario implementado. Nuestro país, desde el Gobierno del Ex Presidente Pedro Pablo Kuczynski empezó a dar pasos agigantados en esta implementación.



V.           BIBLIOGRAFÍA

  1. ·         BIS – Bank International of Settlements (2019), Extraído del enlace: https://www.bis.org/about/history.htm?m=1%7C4%7C445
  2.  ·         David Sherriff (2008), "Como Lidiar el Riesgo Financiero", The Economist, p.51
  3. ·         Roberto Vásquez Burguillo (2014), BASILEA I. Extraído del enlace: https://economipedia.com/definiciones/basilea-i.html
  4.  ·         J Poggi y M Luy (2006). “Basilea II: El Nuevo Acuerdo de Capital”, Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
  5.  ·         Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS, Extraido del enlace: http://www.sbs.gob.pe/regulacion/basilea-ii-y-basilea-iii/basilea-iii

No hay comentarios.:

Publicar un comentario